Es un seguro que protege al tomador o beneficiario por los perjuicios causados cuando hay incumplimiento de los acuerdos establecidos en un contrato. El seguro ampara a grandes y a pequeños empresarios quienes celebren contratos, debidamente legalizados, en el desarrollo de sus negocios, tanto en calidad de ejecutores, como de contratantes.
El seguro de cumplimiento puede ser tomado a favor de entidades estatales, de personas naturales, de empresas particulares, por disposiciones legales o por cauciones judiciales.
Ejemplo: Andrés, un empresario contrata los servicios de Jairo para que efectúe las adecuaciones de su local comercial, el seguro de cumplimiento le responderá a Andrés en caso de que Jairo incumpla su parte del contrato.
Este tipo de productos está dirigido a las personas o entidades que desean proteger su patrimonio en caso de incumplimiento de las obligaciones que se establecen en un contrato. Es un seguro especialmente importante para el Estado porque asegura a los contratistas que ejecutan obras públicas y protege el patrimonio de la nación.
La póliza de cumplimiento ofrece diferentes coberturas que se extienden a todos los sectores de la economía tales como el de construcción, suministro de bienes y servicios, telecomunicaciones, tecnología, minero, salud, entre otros.
Cubrimos a la entidad que contrata para indemnizarla de las afectaciones, en el momento del incumplimiento por parte del proponente de las obligaciones establecidas en un pliego de condiciones del contrato, concurso o invitación. Esto se basa den los términos de la propuesta y las condiciones en las cuales se basó la adjudicación.
Cubrimos a la entidad que contrata en las afectaciones directas a raíz del incumplimiento de las obligaciones emanadas del contrato asegurado, por parte del tomador.
Cubrimos a la entidad que contrata, contra las afectaciones dadas por el uso o apropiación indebida de los dineros otorgados para la ejecución del contrato, por parte de quien toma la póliza.
Cubrimos a la entidad que contrata en el evento de no recibir reintegro del saldo a cargo del contratista. Este saldo corresponde al valor restante del porcentaje sobre el monto total anticipado, en el cumplimiento del contrato.
Cubrimos a la entidad que contrata en las afectaciones directas a raíz del incumplimiento de las obligaciones laborales que tiene el tomador y que se refieren únicamente al personal requerido para cumplir el contrato amparado en la póliza.
Cubrimos a la entidad que contrata desde el momento de la entrega a satisfacción de la obra y durante el tiempo estipulado, teniendo en cuenta que debe haber condiciones normales de uso y mantenimiento. Con nuestra póliza además cubrimos las afectaciones provenientes de los deterioros de la obra, que impidan el servicio para el cual se ejecutó.
Cubrimos a la entidad que contrata en los daños ocasionados por parte del tomador que provienen de la mala calidad del servicio prestado, siempre y cuando se tengan en cuenta las condiciones pactadas en el contrato.
Cubrimos la entidad que contrata ante perjuicios atribuibles al tomador, provenientes de las fallas en los equipos suministrados o instalados por el mismo. Basado en las especificaciones técnicas del contrato y de acuerdo con el servicio para el cual fueron adquiridos.