Se trata de una solución real y efectiva que ofrece respaldo al propietario y/o arrendador de un bien inmueble frente a los riesgos de:
• Incumplimiento en el pago de los cánones de arrendamiento, administración, IVA y servicios públicos.
• Pago de honorarios de abogado para restituir el inmueble
• Falta de ingresos derivados del no pago de la renta del inmueble.
• Adicionalmente incluye para vivienda la cobertura de Faltantes de inventario
Cubre el incumplimiento en el pago de los cánones mensuales, hasta por 36 meses una vez iniciada la mora, renovando la póliza cada anualidad.
Cubre el incumplimiento en el pago de la cuota de administración establecida en el contrato, hasta por 36 meses una vez iniciada la mora, renovando la póliza cada anualidad.
Ampara los saldos insolutos que el arrendatario adeude por concepto de los servicios públicos domiciliarios que se encuentre pendiente de pago al momento de la desocupación del inmueble arrendado, por valor del doble del canon de arrendamiento mensual máximo $5 millones. ¡Sin cobro adicional de prima¡
Cubre lo inventarios que falten en el inmueble al momento de la entrega. Estos faltantes de inventario deben ser entendidos
como los elementos de dotación y accesorios que componen el inmueble dado en arrendamiento, inventariados por escrito
elaborado por EL ASEGURADO, al momento de entregar el inmueble y suscribir la póliza de arrendamiento.
Nota: Para otorgar el amparo se debe contar con el inventario. !Sin cobro adicional de prima¡
Tiene como fin limitar y controlar los daños a consecuencia de un evento fortuito, limitado a cinco (5) eventos anuales, cada evento con una cobertura de 20 SMDLV , derivado de las siguientes coberturas: ¡Sin cobro de prima!